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¿SON COMPARABLES LAS CONSTITUCIONES DE 1949 Y 1994?

Más allá de que rara vez se menciona la constitución de 1949, puede plantearse y se ha planteado alguna vez una comparación entre ambos textos legales. Y he aquí que nos viene la pregunta del título. ¿Son comparables?. Se puede tomar el atajo de soslayar todo análisis previo, y entrar en los artículos de ambos textos. Inclinación a la que son afectos los puristas, los cientificistas que creen poder separar todo material de análisis del contexto del que se nutren todas las cuestiones humanas, y aún, las más preciadas teorías "científicas". Pero entiendo, que toda materia, todo objeto de "análisis", siempre reconoce algo que son los prolegómenos. Así como cuando se estampan los datos filiatorios de cualquier ser humano, se suele decir: "hijo de Juan Pérez y de Juana Pérez". Así debiéramos comenzar el análisis de todo texto legal, principalmente con estos que hemos mencionado.

En ese contexto, debemos rescatar, que la buena doctrina constitucional, al menos para aquellos estados que dicen ser "Repúblicas", reza que las constituciones son aquellas que expresan los deseos de un pueblo como su "proyecto como comunidad", elaboradas e impuestas por los métodos y en las formas que determinan sus ciudadanos. Cabe aquí preguntarse ¿Cuáles son los datos filiatorios de ambas constituciones? ¿Cuáles fueron sus antecedentes familiares? ¿Quiénes fueron sus padres y madres?¿En que contexto político fueron impuestas?. A estas preguntas trataremos de contestar respecto a cada uno de los textos legales.

La llamada constitución de 1994

Comenzamos por este texto, pues, no se trata de una nueva constitución, sino de la vieja constitución de 1853, nacida por la decisión de unos pocos en ese año, reformada por la decisión de menos que pocos en 1860, deformada durante toda su vigencia anterior al año 1949, violada para ser reimplantada en 1956 y vuelta a reformar por la decisión de dos dirigentes políticos mediante el Pacto de Olivos para llegar al libelo de 1994.

¿Puede entonces llamarnos la atención que la legislación internacional, se adapte o no a nuestra realidad nacional, que de hecho excepcional pase ser hecho habitual?. Tal vez para comprenderlo debemos retrotraernos en el tiempo, para así poder apreciar, que el texto de 1994 está insuflado del mismo espíritu que el de 1853, que ya veremos cual es. Por eso, y aunque parezca una verdad de Perogrullo, debemos comenzar por el principio.

El padre de la constitución de 1853. Alberdi

Alberdi, junto a Sarmiento y Mitre, fueron impuestos como los héroes sacrosantos de la historia nacional. ¿Eran tales?. No me ocuparé del otro par, que no es el caso, sino del primero. Redactor de las Bases, que dieron origen al texto de 1853. ¿Qué nos dice su historia?. Costeado sus estudios por el gran caudillo norteño Heredia, patriota y liberal, de esos que cuando había que elegir entre su ideología y la Patria, elegían la Patria, aunque no estuvieran muy de acuerdo con la ideología de los que defendían la misma, al estilo de Chilavert. Alberdi, cuando tuvo que alabar, no alabó a esos caudillos y sus hijos federales. Prefirió inclinarse por el europeo, aunque fuera iletrado, por sobre el criollo, por culto que fuera. Su lugar en el mundo era París. Y la hija de esa admiración europea por sobre lo nacional, fueron sus Bases. Engendro teórico de protección del interés imperial, por sobre el interés nacional. Lógicamente, cuando la Nación cayó en Caseros, triunfando el coloniaje, las Bases, se transformaron en el texto legal de ese coloniaje. Tuvimos la Constitución de 18531860, hija ilegítima del matrimonio de los intereses británicos por vía de su madre, la Banca Mauá-Rotschild y la traición personificada en su padre, el traidor Urquiza, nacida en la sala de Caseros, y bañada en la sangre de Chilavert. Alberdi, embajador en París, o corriendo tras los ocasionales detentadores del poder, con tal que lo designara en París. Nadie puede criticarlo por su gusto por las livianas cocottes francesas, por sobre la bellas herederas de las ñustas incas. Cuestión de gustos, o de su mal gusto. Pero sobre eso, no hay nada escrito. Cada cual en su huella. También fundamentó su prestigio sobre un escrito "El crimen de la guerra", nota que sería notable en todo sentido si no viniera de quien viene, y no se conocieran las razones por las cuales la hizo. No tenía quien le "bancase" su estadía en las noches parisinas, y quería congraciarse con el gran Solano López, que según parece, se regía por el viejo método de analizar las aves para conocerlas... Primero mirar que comen, y después mirar que... Y vistos los resultados, despacho al verde Alberdi... pero no precisamente a París. Mantenido por su coterráneo Roca, en la primera ocasión que tuvo, la votación por la federalización de Buenos Aires, se quedó en la ciudad junto a los enemigos de Roca, mientras Avellaneda se fue a Belgrano y los chinos del general impusieron a sangre y fuego el poder nacional por sobre el poder localista de Tejedor. Tal el padre, de ese Estatuto Legal del coloniaje llamado Constitución de 1853, que solo sirvió para encadenar al Pueblo Argentino, que durante largos años levantó la lucha tendiente a recuperar sus derechos. Por la fuerza en la formación inicial del estado roquista, en las revoluciones radicales, y en los llamados a su reforma por las huestes yrigoyenistas. Concesiones de ferrocarriles, de servicios, librecambio expoliador de las riquezas nacionales, apaleador de obreros, tal la doctrina de 1853-60.

La Constitución de 1949

A diferencia del texto del 53, el de 1949, aunque llamada reforma, fue una nueva concepción. No era hija de minorías extranjeras, sino de la decisión mayoritaria del pueblo argentino. En su nacionalismo económico rescataba la vieja ley de aduanas de 1835. En la nacionalización de las riquezas revindicaba a las empresas nacionales creadas por el gobierno de Yrigoyen. En sus derechos sociales revindicaba al criollo federal devenido en obrero industrial. En sus ancianos y en sus niños imponía los derechos del pueblo argentino como dueño de sus destinos. De la expoliación vía los impuestos, volvía al sistema de los impuestos para el pueblo. Del derecho abstracto, volvía al derecho concreto imponiendo la idea del abuso del derecho. Su norte no era la letra fría, sino el hombre concreto que trabaja para su Patria. Era el molde jurídico de una Patria políticamente soberana, económicamente libre y socialmente justa. Fue el Estatuto Legal de la Soberanía, como expresión de concreción de un camino que iniciaron los viejos criollos de la Reconquista, impuesta por sus hijos y por los hijos adoptivos que abrazaron sus destinos a esta tierra. Su teórico, el más grande jurista que ha tenido el país: el Dr. Enrique Arturo Sampay, ocultado como su creador. Su impulsor: el general Perón a la cabeza de un Pueblo.

La vieja Cocotte se acicala sin dejar de ser Cocotte

Llegado el año 1956, los nietos de Alberdi, Sarmiento y Mitre, en minoría, como lo habían sido en el s. XIX, volvieron a imponer sus intereses espúreos contra la Nación. La Constitución legítima políticamente, y legal jurídicamente fue derogada en abril de 1956 por un bando militar. Se reimplantó el viejo texto de 1853, eso sí, violando el art. 30 del mismo, tanto como el art. 20 del texto de 1949. Violando ambos, pues la nueva Constitución, quedaba subordinada a la proclama de 1955.

La Convención de 1957, elegida por elecciones en las que se impuso el voto de los excluidos, terminó disolviéndose por ausencia de quórum, pues sus convencionales se fueron retirando, hasta perder la condición básica para sesionar. Como se ve, todo un dechado de legalidad.

Comenzaron su larga obra de demolición de todo lo que el pueblo había conquistado para la Patria. Demolieron el IAPI por ser la expresión del nacionalismo económico, demolieron el IMIM (1), transformaron los pactos bilaterales en deuda externa, y aquel trío del s. XIX devino en Prebisch, Aramburu y Rojas. Asesinaron a mansalva bajo el principio democrático de una bala un voto. Por supuesto, no alcanzaron los casi tres años de Contrarrevolución fusiladora. Fue necesario dar varios pasos. Introducir la industria imperial del automotor para debilitar la industria nacional. Por ahora solo eso. Debilitar ya que no se podía destruir. Nuevos contratos petroleros, no del todo malos, pero si muy inferiores a los proyectados con la California. El paralelo 42 (2) para atacar la industria nacional por la vía del contrabando legal. Los años de Illia para endeudar con la derogación de los contratos de Frondizi. La pampa oligárquica vivía sus últimas y trasnochadas farras de champagne y cocottes. Cuando el traje se achicó, ya no había lugar para la clase media que se había alimentado de las migajas, y fue necesario Onganía-Krieger Vasena para desnacionalizar la pequeña y mediana industria nacional. Autopartes y cigarrillos pasaron al interés extranjero. Los argentinos se quedaban con el cáncer, y los imperialistas con los dólares. No obstante la brutalidad del sistema surgido, había una barrera que marcaba el límite: el gral. Perón, fundamento y base política de la Constitución de 1949. Personalización de los principios proclamados que formaban la carne y la sangre del interés nacional. El gobierno de Lanusse impuso una nueva reforma, tan ilegal como la de 1956 o la de 1957.

La vieja Cocotte se jubila, pero no se retira

Los movimientos de provincia de fines de la década del 60 reconquistaron el gobierno, pero no el poder. El general Perón llegó a su tercera presidencia, pero antes de un año el viejo caudillo retorno a su pueblo, su único heredero, las banderas que había prometido defender, y dejó las mismas para las futuras generaciones.

Poco podemos decir de los años de plomo. Martinez de Hoz continuó la tarea de demolición y debilitamiento del Estado Nacional configurado durante le era de Perón. La constitución era una excrecencia ilegal nacida de la ilegalidad de 1956. La presidencia de Alfonsín no fue un retorno a la democracia, principalmente fue una continuidad con el camino comezado en septiembre de 1955, hecho fácilmente comprobable en la historia personal de los integrantes de su primer gabinete. Ya no eran necesarios los comando civiles. El movimiento nacional descabezado no ofrecía peligros. Pero no era suficiente la minoría radical. Para el golpe de gracia hacía falta que el mismo llevara el nombre de "peronismo". Esa fue la función del gobierno del pícaro "Carlitos", con la ideología del "libertador" Alzogaray, no la de Perón. Así se llega al Pacto de Olivos, así se llega a la reforma de la ilegalidad de 1955, de un texto que nominalmente se puede decir de 1853-60. Bajo esta luz, la constitución de 1994, o mejor dicho su reforma, no es más que una actualización del viejo Estatuto Legal del Coloniaje.

Todo indica, desde la caída del viejo militante gorila en el 2001, que el retorno del peronismo, desde Rodríguez Saa, Duhalde y el actual gobierno, que un impulso básico de la sociedad por recuperar su soberanía política real, su nacionalismo económico y su justicia social esta en marcha. Nada está dicho, nada está concluido, nada será legal, ni siquiera lo legítimo hasta que se recupere el Estatuto Legal de la Soberanía, que tiene Acta y hora de nacimiento, el 13 de marzo de 1949. Que tiene padres, abuelos y tatarabuelos, cuyos nombres son conocidos: Moreno, San Martín, Dorrego, Rosas, los caudillos federales, los chinos de Roca, Yrigoyen, Perón, los obreros de la Forestal y los de la Patagonia, y los soldados de Malvinas que reconoce sus fiestas en el 25 de mayo, 9 de julio, 17 de octubre, el 29 de mayo, el 12 de agosto...

En cuanto a Mitre, Sarmiento y Alberdi... esos... esos... son de otra familia... son hijos de Rivadavia y padres de Aramburu, Rojas, Martinez de Hoz, Alzogaray, Alfonsín y... y... y... no me atrevo... sepa disculpar el lector mi cobardía, como todo argentino soy supersticioso... y de nombrarlo tendría que decir el gesto que haría... y por la dudas lo lea una dama... prefiero no nombrarlo... no vaya a ser que... Todos estos están con la vieja constitución de 1853 reformada en 1994.

Como se ve... ambos textos, no son comparables... distintas familias, distintos conceptos, distintos objetivos. Son distintas cosas. Lo divino y lo satánico no son comparables... cada cual tiene sus seguidores... pero no son comparables. Y en ese sentido, y para que no queden dudas... la Constitución de 1949, era la voz del pueblo, que según creemos muchos... es la voz de Dios.

1) IMIM. Este instituto movilizador de inversiones mobiliarias, había sido creado con el objeto de reunir fondos destinados a financiar inversiones industriales. Fue disuelto conjuntamente con el IAPI, por el secretario de industria de la revolución fusiladora de 1955, el ingeniero Alvaro Alzogaray, como primera medida de la demolición de la estructura industrial generada por el gobierno del general Perón.
(2) Paralelo 42. Esta verdadera aduana interna fue creada por la misma revolución de septiembre de 1955. Tuvo por objetivo ingresar productos sin impuestos, los que posteriormente, mediante el contrabando, eran ingresados en competencia con la industria nacional de producción de bienes, con el objetivo de destruir la misma, en una forma similar al posterior Plan Martinez de Hoz, del que sólo se diferenciaba en su metodología.

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